Estimados clientes y amigos,
El día de hoy, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el DOF, la SEGUNDA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, a continuación mencionamos las principales modificaciones:
- Eliminación del padrón de Marcas Registradas
Se deroga la Regla 2.4.10. “Base Marcaria”, mejor conocida como padrón marcario. En esta regla se estipulaba la creación de una base de datos automatizada con la información de los titulares o representantes legales de las marcas registradas en México, la cual sería validada por la autoridad competente y serviría de apoyo para la identificación de mercancías que ostenten marcas registradas, a fin de detectar posibles irregularidades en materia de propiedad intelectual.
- Disminución del plazo de permanencia de las mercancías extranjeras bajo el Régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE)
Se modifica la Regla 4.8.2., para establecer que las mercancías extranjeras que se introduzcan al régimen de recinto fiscalizado estratégico, podrán permanecer en el recinto por un plazo de hasta veinticuatro meses (anteriormente el plazo era de sesenta meses).
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF, con excepción de lo siguiente:
I. La modificación a la regla 4.8.2. (disminución del plazo de permanencia para (RFE) entrará en vigor a los tres meses siguientes a la publicación en el DOF de la presente Resolución.
Las mercancías extranjeras introducidas al régimen de recinto fiscalizado estratégico previo a la entrada en vigor de la reforma a la regla 4.8.2., podrán permanecer en el régimen citado por los plazos establecidos en las disposiciones vigentes al momento de su introducción, siempre que las personas autorizadas para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico generen, en el sistema previsto en la regla 4.8.3., un reporte específico de las mercancías que se encuentren en sus inventarios al día anterior al de la entrada en vigor de la reforma a la regla 4.8.2. conforme a la presente Resolución, el cual deberán mantener a disposición de las autoridades aduaneras.
Como siempre, GPC Consultores queda a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.
C.P Ismael Pérez Socio Fiscal iperez@gpcconsultores.mx Tel: 55-4333 01.51 Ext. 104
L.C. Jessica Ávila Asociada Fiscal javila@gpcconsultores.mx Tel: 55-4333 01.51 Ext. 112
L.C. Ana García
Asociada Fiscal
agarcia@gpcconsultores.mx
Tel: 55-4333 01.51 Ext. 120
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