El día de hoy, la Secretaría de Economía dio a conocer la Resolución Final mediante la cual se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de rollos de acero laminados en caliente originarias de Alemania, China y Francia, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7208.36.01, 7208.37.01, 7208.38.01, 7208.39.01 y 7225.30.07 de la TIGIE, o por cualquier otra.
Mediante esta publicación se prorroga la vigencia de las cuotas compensatorias definitivas por cinco años más, contados a partir del 23 de diciembre de 2020.
Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar las cuotas compensatorias definitivas a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución en todo el territorio nacional.
Los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar las cuotas compensatorias, no estarán obligados al pago de las mismas si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Alemania, China y Francia. La comprobación del origen de la mercancía se hará conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
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L.C.E. Arcelia Pérez Rangel
Comercio Exterior y Aduanas
Tel: 55-4333 01.51. Ext. 102L.N.I.
Dacil González Rojas
Comercio Exterior y Aduanas
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