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¿Qué contingencias pueden tener las empresas IMMEX al no administrar su control de inventarios?


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Resumen:

  • El sistema de control de inventarios es una de las obligaciones principales para las empresas con Programa IMMEX.

  • La multa por no llevar el sistema de control de inventarios es de $23,910.00 a $47,860.00 pesos, adicional a no poder demostrar el retorno de los inventarios , lo que llevaría a multas por saldos vencidos y omisión de contribuciones al comercio exterior.

  • El no contar con un sistema de control de inventarios es causal de cancelación del Programa IMMEX y suspensión en el padrón de importadores.

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La administración del sistema de control de inventarios es una de las obligaciones principales para las empresas con Programa IMMEX, ya que este sistema tiene la finalidad de demostrar en todo momento, ante la autoridad aduanera, el retorno y destino de los bienes importados temporalmente al amparo del Programa.


Esta obligación se encuentra en el artículo 59 fracción I de la Ley Aduanera y 28 fracción I del Código Fiscal de la Federación. Por su parte, las empresas que obtengan la certificación en materia de IVA, IEPS, estarán obligadas a reportar de forma mensual o bimestral, los informes de descargo asociados a cada uno de los pedimentos de retorno, cambios de régimen, transferencias virtuales, extracciones, regularizaciones de mercancías, y a los avisos de donación y destrucción de las operaciones sujetas al esquema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCCYG). El no ponerlo a disposición de la autoridad cuando ésta lo requiera o no contar con él, puede traer consecuencias para la Compañía, a continuación, mencionamos las más importantes:

  • Multa de $23,910.00 a $47,860.00 a quienes cometan la infracción relacionada con la obligación de llevar los sistemas de control de inventarios (multa aplicable para 2023).

Por otra parte, el no administrarlo correctamente podrá traer como resultado el no demostrar el retorno de las mercancías importadas temporalmente al amparo del Programa, lo que podría tener las siguientes consecuencias:

  • Multa por saldos vencidos: $2,670.00 a $4,030.00* por cada periodo de 15 días que transcurra a partir de la fecha de vencimiento hasta la fecha que se realice el pago.

  • Multas por omisión de contribuciones: 130% al 150% de los impuestos al comercio exterior omitidos al no poder demostrar que las mercancías fueron retornadas.

Adicional a esto, es causal de cancelación del Programa IMMEX y suspensión en el padrón de importadores no llevar la contabilidad, registros, inventarios o medios de control, a que esté obligado conforme a las disposiciones fiscales y aduaneras; o los oculten, alteren o destruyan total o parcialmente.


Por otra parte, un elemento difícil de controlar dentro de la operación del Programa IMMEX, son los desperdicios de mercancías resultantes del proceso productivo, a los cuales, por ley se le debe dar un tratamiento fiscal, ya sea i) el retorno al extranjero, ii) cambio de régimen a importación definitiva, iii) aviso de destrucción o, incluso iv) la transferencia a otras empresas IMMEX para incorporarse a mercancías de exportación. Cualquiera que sea el destino que se le dé a los desperdicios, esto deberá ser registrado y controlado en el sistema de control de inventarios.


Tal como podemos observar, la administración del sistema de control de inventarios es una actividad primordial que cumplir dentro de las obligaciones del Programa IMMEX y el no realizarla de forma correcta puede traer situaciones onerosas en materia de pago de multas y sanciones al comercio exterior. Por tal motivo se recomienda la implementación de un esquema adecuado basado en la automatización del flujo de información y procesos efectivos que garanticen el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras referentes a la Administración del sistema de control de inventarios conforme al Anexo 24.



L.C.E. Arcelia Pérez Rangel

Comercio Exterior y Aduanas

arangel@gpcconsultores.mx

Tel: 5537080448

Oficina: 55-4333 01.51. Ext. 102


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