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CREACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE ADUANAS DE MÉXICO

Estimados clientes y amigos:


El día 14 de julio de 2021, se emitió en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo

desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual entrará en vigor en la fecha en la que inicie la vigencia de las reformas legales que otorguen la competencia que actualmente tiene el Servicio de Administración Tributaria en materia fiscal y aduanera al órgano desconcentrado previsto en este Decreto.


Anteriormente, la Administración General de Aduanas y esta Agencia Nacional de Aduanas de México se crea como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, jerárquicamente subordinado a esta Secretaría e independiente del Servicio de Administración Tributaria, con autonomía técnica, administrativa y de gestión, el cual tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera así como la capacidad de emitir resoluciones dentro de su competencia y poder asegurar así el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de las mercancías de territorio nacional y que tiene asignado el reto de elevar sustancialmente la calidad, eficiencia y eficacia de los múltiples procesos que generan la organización y la dirección de los servicios aduanales y de inspección, con apego a las normas jurídicas que regulan la entrada, tránsito o salida de mercancías de o en el territorio nacional.


Sus objetivos principales serán:

- El cobro de las contribuciones y aprovechamientos que se aplican a las operaciones del

comercio exterior.


- Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el

cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del

territorio nacional, así como las relativas al cobro de las contribuciones y aprovechamientos

aplicables a las operaciones de comercio exterior, en cumplimiento de las atribuciones

ejecutivas que le confiere este Decreto, así como aquellas que le sean expresamente instruidas por el Secretario de Hacienda y Crédito Público.


- La realización de operativos, verificación legal de la estancia de mercancías en territorio

nacional y de mercancías en transporte el cual incluye su verificación de origen y de ser

necesario el embargo o aseguramiento y resguardo de las mismas cuando no se acredite su legal estancia.


- La administración de los padrones de importadores, de importadores de sectores específicos y de exportadores sectoriales como una de las atribuciones de dicha Agencia.


- La coordinación con las fuerzas armadas e instituciones de seguridad nacional y de seguridad pública para preservar la seguridad en los puntos de acceso al país.


- La participación en las negociaciones de los tratados internacionales que se efectúen en

materia fiscal y aduanera, así como aquellos acuerdos interinstitucionales de cooperación

técnica y administrativa en dichas materias. Si bien, la entrada en vigor de este decreto será cuando existan reformas legales en materia fiscal y aduanera por parte del SAT se encuentren listas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en un plazo máximo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, propondrá al Presidente de la República el proyecto del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México.


El domicilio de las oficinas centrales de la Agencia Nacional de Aduanas de México será el que determine el Ejecutivo Federal. Asimismo, contará con oficinas en las entidades federativas y sus plazas más importantes, así como en el extranjero, a efecto de garantizar una adecuada desconcentración geográfica, operativa y de decisión en asuntos de su competencia conforme a este Decreto, al Reglamento Interior que expida el Presidente de la República y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.


Como siempre, los socios y asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o

comentario sobre el contenido del presente.


En GPC CONSULTORES contamos con un equipo de expertos que los podrán apoyar ante

cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente.

Si necesita más información, no dude en ponerse en contacto con nuestros especialistas en comercio exterior.


L.C.E. Arcelia Pérez Rangel

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 102

L.N.I. Dacil González Rojas

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 106

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