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ayanez68

Breves GPC Consultores

Actualizado: 22 feb 2022



A partir del 1ro de enero los CFDI que se emitan deberán indicar el uso fiscal que el receptor dará al comprobante, esto es independiente de la versión de CFDI que se utilice.


El SAT ha dado a conocer a través del Apéndice 7 Preguntas y respuestas sobre el Anexo 20 versión 4.0 que los CFDI emitidos con un uso fiscal distinto al que le de el receptor, deberán cancelarse y sustituirse por el CFDI que contenga la clave UsoCFDI correcta.


Para evitar problemas en materia de deducciones indica al emisor el uso fiscal que darás al CFDI y pide la sustitución de aquellos que indiquen P01 – Por definir



C.P. Ernesto Ismael Pérez Enríquez

Fiscal

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 104


L.C. Guadalupe García Cervantes

Asociada de Fiscal

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 108

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